sábado, 10 de septiembre de 2011

Actividad 4.Comentario al Artículo Tercero de la Constitución.

Comentario al Articulo Tercero de la Constitución.


El que la educación sea patrimonio de todos los hombres constituye un deber de la sociedad y del estado. Antes de la llegada de los españoles, hasta los 14 o 15 años la enseñanza correspondía impartirla al padre o a la madre y se caracterizaba por su severidad y dureza. Su propósito era que la juventud reverenciara a los dioses, a los padres y a los ancianos, cumplieran los deberes y amara la verdad y la justicia. La instrucción pública estaba a cargo del estado y comenzaba ya que había terminado la recibida en el seno del hogar. La proporcionaban dos escuelas: Calmecac, donde acudían los nobles y predominaban la enseñanza religiosa y el Tepochcalli, escuela de la guerra a la que asistían los jóvenes de clase media. En el tiempo de la nueva España se fundaron las escuelas en las principales ciudades del país con el propósito de instruir al indígena a la religión cristiana, le enseñaron el castellano. El 25 de enero de 1553 abrió sus puertas la real y pontificia universidad de México. 
En la nueva España las clases populares permanecieron en su mayoría analfabetas. Se fundaron seminarios, en las ciudades principales escuelas de enseñanza superior, su educación era religiosa humanística, y las materias básicas eran teología, derecho y filosofía. Los oficios y artesanías se aprendían en los talleres. Lograda la independencia nacional el estado adquirió la facultad de promover la ilustración. Los acontecimientos más importantes fueron: 
  • La creación en 1822 de la compañía lancasteriana que fundo escuelas en varias ciudades de la república. El sistema se basaba en la enseñanza mutua, ya que los alumnos monitores colaboraban con las tareas educativas, supliendo así a los maestros.
  •  La reforma legislativa de 1833 llevada a cabo por Valentín Gómez Farías, estableció la dirección general de la instrucción pública, la enseñanza libre y las escuelas primarias y normales fueron suprimidas la real y pontificia universidad, así como otros colegios bajo el dominio eclesiástico, y para atender a la enseñanza superior se crearon las escuelas de estudios preparatorios, estudios ideológicos y humanidades, ciencias físicas y matemáticas. 
  • La constitución de 1857, declaro en el artículo tercero la libertad de enseñanza. El espíritu de la reforma por el presidente Juárez, establece la enseñanza primaria gratuita, laica y obligatoria, así como en la creación de la escuela nacional preparatoria, por decreto de 1867. 
  • La universidad nacional de México se creó en 1910 los diputados de 1917 se pronunciaron en contra de la intervención del clero en esta materia.
 El artículo tercero otorgo al estado la facultad de impartir la educación, permitiendo la enseñanza privada cuando esta siguiera fielmente las disposiciones constitucionales. 
Este también se revela como un documento que despliega una doble acción recoge las tradiciones progresistas de nuestra patria las hace actuales y las proyecta hacia el futuro, para afirmar a través de las generaciones la continuidad histórica de la nación, inspirado por la revolución mexicana, al suprimir las diferencias económicas y sociales en las escuelas se reitera que la educación permanezca libre de toda influencia extraña a los intereses nacionales y sea obligatoria y gratuita.
El artículo tercero constitucional establece una serie de principios propósitos y condiciones que regulan la tarea de educar y que son esenciales.
La educación debe ser: 
a.)Laica: Esto es ajena a todo credo religioso. 
b.)Democrática: Para que el progreso se realice en todos los órdenes económicos, sociales y culturales en beneficio de todos los pueblos. 
c.)Nacional: a fin de proteger los intereses de la patria.
d.)Social: Con lo que se indica que además del respeto a las personas como individuos debe enseñarse el aprecio a la familia y el sentido de solidaridad con los demás así como los principios de igualdad y fraternidad para todos los hombres.


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